martes, 15 de julio de 2025

Acuerdos de Convivencia 2025-2026 (Extracto)

 

Fragmento: ACUERDOS DE PAZ, CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA

AÑO ESCOLAR: 2025-2026

    Por medio de la presente se hace de su conocimiento, algunos de los ACUERDOS DE PAZ, CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA  socializadas con los padres, madres, representantes y responsables, así como los estudiantes.

ü Dedicarse al estudio de forma responsable, esforzándose para desarrollar todas sus capacidades, cumplir con la asistencia, atención a las clases, ejercicios, asignaciones, tareas y evaluaciones que le sean propuestas durante desarrollo de contenidos por los docentes en el presente año escolar Art. 93. Letra F. LOPNNA, Art. 131 CRBV.

ü Abstenerse de interrumpir, perturbar y obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo de las actividades escolares, sean de aula, recreativas, culturales o sociales a través de un comportamiento inapropiado. Art. 93 letra C LOPNNA, Art. 131 CRBV.

ü Asistir puntual y regularmente a todas las actividades escolares de acuerdo al horario de su sección o al notificado previamente por la coordinación o dirección por alguna actividad especial, con el uniforme reglamentario. Art. 93. Letra C. LOPNNA, Art. 131 CRBV.

ü Permanecer en el plantel durante todo el horario de actividad escolar, que le corresponda, salvo los casos en el que esté permitido ausentarse con autorización previa, escrita y justificada por su padre, madre, representante, responsable o de la coordinación respectiva.

ü Honrar a la patria y sus símbolos en el desarrollo de las actividades cívicas dentro y fuera del plantel: Asistir obligatoriamente, entonar el Himno Nacional, asumir postura correcta, firme y en silencio. Art. 93 letra A, LOPNNA, Art. 131 CRBV.

ü Justificar las inasistencias dentro un lapso no mayor de las 72 horas presentando por escrito el justificativo debidamente avalado por el representante o cualquier organismo del Estado.

ü Cumplir con el traje escolar y apariencia personal: Camisa o chemise azul (1ro a 3er año) y beige (4to y 5to año) con su respectiva insignia. Pantalón azul oscuro de vestir tipo padrino (evitar pantalones tipo strech/ajustado). En concordancia con la Resolución 75, publicada en Gaceta Oficial Número 40739 en su artículo 6, el mismo establece el uso correcto del uniforme de los y las estudiantes. El uniforme de educación física será mono azul, franela blanca con insignia y zapatos deportivos. De no poder cumplir con el uso correcto del uniforme, las y los estudiantes deberán justificar ante la Coordinación Pedagógica la causa de dicho incumplimiento, podrán asistir a las actividades pedagógicas y clases en general, pero el representante ha de comprometerse en cumplir en un tiempo determinado reestablecer el uniforme correcto del estudiante.

ü En la apariencia personal: por razones de salud, higiene y respeto, no se aceptarán el uso de barbas, bigotes y similares, cortes de cabello ni peinados extravagantes en tendencia; mechas ni cabellos teñidos de ningún tipo ya que no son acordes con la investidura educacional, no se permite el uso de zarcillos en los varones, ni maquillaje excesivo en las estudiantes, tampoco tatuajes visibles ni perforaciones corporales. Art. 93 letra B, C, F, I LOPNNA, Art 131 CRBV.

ü Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas (drogas), así como traficar o vender las mismas, esto incluye el uso del vaper o cigarrillos electrónicos. Tampoco está permitido portar o manipular cualquier tipo de armas (insidiosas, de fuego o de fabricación casera) así como cualquier material que haga alegoría bélica y que inciten a la violencia dentro y fuera de la institución. Art. 92, letras:  A, B, C, D, E, F.  LOPNNA, Art. 131 - 132 CRBV.

ü  Abstenerse de formar o participar en grupos bulliciosos con estudiantes del plantel o de otras instituciones, dentro o fuera del mismo que interfieran en el normal desarrollo de las actividades escolares. Art. 93 letra C. LOPNNA, Art. 131 - 132 CRBV. No esta permitida la entrada de estudiantes de otras instituciones sin la presencia de un adulto o sin ser autorizado por Dirección.

ü  Abstenerse de incentivar o participar en situaciones de acoso escolar dentro y fuera de la institución, la violencia no se concilia bajo ningún contexto.

ü  Abstenerse de traer el celular al plantel. Está prohibido el uso de grupos en redes sociales entre estudiantes. El mal uso de las redes sociales, está tipificado como un delito electrónico.

ü  Evitar traer barajas, MP4, tablets, revistas u otro equipo o material que interrumpan el normal desarrollo de las actividades educativas, así como balones si no han sido solicitados por un docente.

ü  No se permite estar en los alrededores del plantel una vez el estudiante haya terminado su jornada académica, de igual forma está prohibido ir a las instalaciones de la universidad y permanecer allí (conocido como el campito).

ü  Los permisos deportivos especiales deben venir acreditados por la institución a la que pertenece el estudiante (es de acotar que sólo aplica para estudiantes pertenecientes a instituciones del Estado, es decir Estadales o Nacionales). Los deportes que no sean federados, no tienen peso dentro de estas consideraciones, salvo acuerdos previos con la Dirección.

ü Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento de todos los espacios del plantel (mobiliario e inmobiliario), para el buen desarrollo de las actividades escolares. Art. 131 - 132 CRBV. En caso de daño, el estudiante y representante deben resarcir el daño causado.

ü  El o la estudiante repitiente está en la obligación de asistir a las clases de todas las asignaturas contempladas en el programa del año de estudio en el que fue inscrito, a menos que el representante presente a la Dirección un justificativo que permita al Director(a) tomar la decisión de hacer un horario especial para ese estudiante.

ü  Abstenerse de realizar manifestaciones afectivas en forma apasionada o inadecuada (sentarse uno encima del otro, agarrarse, tocarse y besarse en cualquier parte del cuerpo), en las instalaciones del plantel o adyacencias.

ü  Entregar notificaciones, convocatorias enviadas a sus representantes por cualquiera de los miembros del personal Docente, Coordinador o Directivo.

ü  Devolver a la biblioteca los textos que ellos pidan prestados en un máximo de una semana (5 días hábiles) después de la fecha establecida originalmente para su entrega.

ü  Tomar conciencia de sus acciones y de las consecuencias penales al incurrir en hechos punibles. Art 526 – 528 LOPNNA.

 

CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS

Todos los correctivos tienen una finalidad pedagógica que fomenta la independencia del estudiante, así como, la responsabilidad y el ejercicio responsable de sus derechos y deberes. Para tal fin se procede de la siguiente manera:

ü  Orientación pedagógica: una vez escuchado(a) el(los) o la (las) estudiante(s), se procede a realizar actos conciliatorios y de reflexión, a través en una primera instancia por el docente de la cátedra seguidamente por el jefe de coordinación pedagógica. Todos los acuerdos se dejarán por escrito.


ü  Comunicación verbal escrita (registro): se convoca al representante conjuntamente con el estudiante, se informa de la reincidencia del hecho, se establecen compromisos por parte de ambos. Todos los acuerdos se dejarán por escrito y firmado por ambos y el docente que atiende el hecho.

Aunado a estos correctivos pedagógicos se aplicará lo siguiente:

ü  Derecho a la defensa.

ü  Convocar al representante. Se realizarán máximo tres (03) convocatorias, en caso de no asistir se procederá a llevar oficio a las instancias siguientes (Dirección del plantel, bienestar estudiantil, CDCE parroquial, CMDNNA, según sea el caso).

ü  Reunión del consejo docente para tomar una decisión.

ü  Acta de compromiso del estudiante junto con su representante: para llegar a compromisos conjuntos, para fortalecer su respeto hacia los derechos de las demás personas, así como el cumplimiento de sus deberes. Estos acuerdos deben asentarse en un acta compromiso.

ü  Actividad remedial pedagógica Art. 13, 19 y 21. LOE

ü  El representante debe resarcir los daños causados por su representado (a). 

ü  En caso de hechos punibles será remitido el caso a las instancias correspondientes.

 ESTRATEGIAS PEDAGÓGICAS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y LOS INCUMPLIMIENTOS DE ACUERDOS.

ü Las actividades serán aplicadas con los y las estudiantes, de manera que puedan tomar conciencia y se pueda contribuir con los principios básicos de la formación ciudadana a través de la responsabilidad social, Art. 13, 19 y 21 LOE. Dichos trabajos pueden ser:

ü Realizar carteleras, charlas o exposiciones de valores, principios y buenas costumbres o hábitos, con relación a la falta cometida.

ü Reparación de mesas y pupitres.

ü Pintar o limpiar paredes.

ü Participar en campañas de ornato y mantenimiento de algunos espacios del plantel.

ü Sembrar plantas o regarlas. (cuidado del ambiente).

ü Reparación, reposición o mejora de cualquier bien del plantel que haya sido dañado o afectado (con apoyo de su representante).

 

Acuerdos de Convivencia 2025-2026 (Extracto)

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