Fragmento: ACUERDOS DE PAZ, CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA
AÑO ESCOLAR: 2025-2026
Por medio de la presente se hace de su conocimiento, algunos de los ACUERDOS DE PAZ, CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA socializadas con los padres, madres, representantes y responsables, así como los estudiantes.
ü Dedicarse al estudio de forma
responsable, esforzándose para desarrollar todas sus capacidades, cumplir con
la asistencia, atención a las clases, ejercicios, asignaciones, tareas y
evaluaciones que le sean propuestas durante desarrollo de contenidos por los
docentes en el presente año escolar Art. 93. Letra F. LOPNNA, Art. 131 CRBV.
ü
Abstenerse
de interrumpir, perturbar y obstaculizar injustificadamente el normal
desarrollo de las actividades escolares, sean de aula, recreativas, culturales
o sociales a través de un comportamiento inapropiado. Art. 93 letra C LOPNNA,
Art. 131 CRBV.
ü
Asistir
puntual y regularmente a todas las actividades escolares de acuerdo al horario
de su sección o al notificado previamente por la coordinación o dirección por
alguna actividad especial, con el uniforme reglamentario. Art. 93. Letra C.
LOPNNA, Art. 131 CRBV.
ü
Permanecer
en el plantel durante todo el horario de actividad escolar, que le corresponda,
salvo los casos en el que esté permitido ausentarse con autorización previa,
escrita y justificada por su padre, madre, representante, responsable o de la
coordinación respectiva.
ü
Honrar
a la patria y sus símbolos en el desarrollo de las actividades cívicas dentro y
fuera del plantel: Asistir obligatoriamente, entonar el Himno Nacional, asumir
postura correcta, firme y en silencio. Art. 93 letra A, LOPNNA, Art. 131 CRBV.
ü
Justificar
las inasistencias dentro un lapso no mayor de las 72 horas presentando por
escrito el justificativo debidamente avalado por el representante o cualquier
organismo del Estado.
ü
Cumplir
con el traje escolar y apariencia personal: Camisa o chemise azul (1ro a 3er
año) y beige (4to y 5to año) con su respectiva insignia. Pantalón azul oscuro
de vestir tipo padrino (evitar pantalones tipo strech/ajustado). En concordancia con la Resolución 75,
publicada en Gaceta Oficial Número 40739 en su artículo 6, el mismo establece
el uso correcto del uniforme de los y las estudiantes. El uniforme de educación
física será mono azul, franela blanca con insignia y zapatos deportivos. De no
poder cumplir con el uso correcto del uniforme, las y los estudiantes deberán
justificar ante la Coordinación Pedagógica la causa de dicho incumplimiento, podrán
asistir a las actividades pedagógicas y clases en general, pero el
representante ha de comprometerse en cumplir en un tiempo determinado reestablecer
el uniforme correcto del estudiante.
ü
En
la apariencia personal: por razones de salud, higiene y respeto, no se
aceptarán el uso de barbas, bigotes y similares, cortes de cabello ni peinados extravagantes
en tendencia; mechas ni cabellos teñidos de ningún tipo ya que no son acordes
con la investidura educacional, no se permite el uso de zarcillos en los
varones, ni maquillaje excesivo en las estudiantes, tampoco tatuajes visibles
ni perforaciones corporales. Art. 93 letra B, C, F, I LOPNNA, Art 131 CRBV.
ü
Abstenerse
de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o
psicotrópicas (drogas), así como traficar o vender las mismas, esto incluye el
uso del vaper o cigarrillos electrónicos. Tampoco está permitido portar o
manipular cualquier tipo de armas (insidiosas, de fuego o de fabricación casera)
así como cualquier material que haga alegoría bélica y que inciten a la
violencia dentro y fuera de la institución. Art. 92,
letras: A, B, C, D, E, F. LOPNNA, Art. 131 - 132 CRBV.
ü
Abstenerse
de formar o participar en grupos bulliciosos con estudiantes del plantel o de
otras instituciones, dentro o fuera del mismo que interfieran en el normal
desarrollo de las actividades escolares. Art. 93 letra C. LOPNNA, Art. 131 -
132 CRBV. No esta permitida la entrada de estudiantes de otras instituciones
sin la presencia de un adulto o sin ser autorizado por Dirección.
ü
Abstenerse
de incentivar o participar en situaciones de acoso escolar dentro y fuera de la
institución, la violencia no se concilia bajo ningún contexto.
ü Abstenerse de
traer el celular al plantel. Está
prohibido el uso de grupos en redes sociales entre estudiantes. El mal uso de
las redes sociales, está tipificado como un delito electrónico.
ü
Evitar
traer barajas, MP4, tablets, revistas u otro equipo o material que interrumpan
el normal desarrollo de las actividades educativas, así como balones si no han
sido solicitados por un docente.
ü
No
se permite estar en los alrededores del plantel una vez el estudiante haya
terminado su jornada académica, de igual forma está prohibido ir a las
instalaciones de la universidad y permanecer allí (conocido como el campito).
ü
Los
permisos deportivos especiales deben venir acreditados por la institución a la
que pertenece el estudiante (es de acotar que sólo aplica para estudiantes
pertenecientes a instituciones del Estado, es decir Estadales o Nacionales). Los
deportes que no sean federados, no tienen peso dentro de estas consideraciones,
salvo acuerdos previos con la Dirección.
ü
Colaborar
en la conservación, limpieza y mantenimiento de todos los espacios del plantel
(mobiliario e inmobiliario), para el buen desarrollo de las actividades
escolares. Art. 131 - 132 CRBV. En caso de daño, el estudiante y representante
deben resarcir el daño causado.
ü
El
o la estudiante repitiente está en la obligación de asistir a las clases de
todas las asignaturas contempladas en el programa del año de estudio en el que
fue inscrito, a menos que el representante presente a la Dirección un
justificativo que permita al Director(a) tomar la decisión de hacer un horario
especial para ese estudiante.
ü
Abstenerse
de realizar manifestaciones afectivas en forma apasionada o inadecuada
(sentarse uno encima del otro, agarrarse, tocarse y besarse en cualquier parte
del cuerpo), en las instalaciones del plantel o adyacencias.
ü
Entregar
notificaciones, convocatorias enviadas a sus representantes por cualquiera de
los miembros del personal Docente, Coordinador o Directivo.
ü
Devolver
a la biblioteca los textos que ellos pidan prestados en un máximo de una semana
(5 días hábiles) después de la fecha establecida originalmente para su entrega.
ü
Tomar
conciencia de sus acciones y de las consecuencias penales al incurrir en hechos
punibles. Art 526 – 528 LOPNNA.
CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS
Todos los
correctivos tienen una finalidad pedagógica que fomenta la independencia del estudiante,
así como, la responsabilidad y el ejercicio responsable de sus derechos y
deberes. Para tal fin se procede de la siguiente manera:
ü Orientación
pedagógica: una vez escuchado(a) el(los) o la (las) estudiante(s), se procede a
realizar actos conciliatorios y de reflexión, a través en una primera instancia
por el docente de la cátedra seguidamente por el jefe de coordinación
pedagógica. Todos los acuerdos se dejarán por escrito.
ü Comunicación
verbal escrita (registro): se convoca al representante conjuntamente con el
estudiante, se informa de la reincidencia del hecho, se establecen compromisos
por parte de ambos. Todos los acuerdos se dejarán por escrito y firmado por
ambos y el docente que atiende el hecho.
Aunado a estos
correctivos pedagógicos se aplicará lo siguiente:
ü Derecho a la
defensa.
ü Convocar al
representante. Se realizarán máximo tres (03) convocatorias, en caso de no
asistir se procederá a llevar oficio a las instancias siguientes (Dirección del
plantel, bienestar estudiantil, CDCE parroquial, CMDNNA, según sea el caso).
ü Reunión del
consejo docente para tomar una decisión.
ü Acta de compromiso
del estudiante junto con su representante: para llegar a compromisos conjuntos,
para fortalecer su respeto hacia los derechos de las demás personas, así como
el cumplimiento de sus deberes. Estos acuerdos deben asentarse en un acta
compromiso.
ü Actividad remedial
pedagógica Art. 13, 19 y 21. LOE
ü El representante
debe resarcir los daños causados por su representado (a).
ü En caso de hechos
punibles será remitido el caso a las instancias correspondientes.
ü Las actividades serán aplicadas con
los y las estudiantes, de manera que puedan tomar conciencia y se pueda
contribuir con los principios básicos de la formación ciudadana a través de la
responsabilidad social, Art. 13, 19 y 21 LOE. Dichos trabajos pueden ser:
ü Realizar carteleras, charlas o
exposiciones de valores, principios y buenas costumbres o hábitos, con relación
a la falta cometida.
ü
Reparación
de mesas y pupitres.
ü
Pintar
o limpiar paredes.
ü
Participar
en campañas de ornato y mantenimiento de algunos espacios del plantel.
ü
Sembrar
plantas o regarlas. (cuidado del ambiente).
ü
Reparación,
reposición o mejora de cualquier bien del plantel que haya sido dañado o
afectado (con apoyo de su representante).